Comercio electrónico: MIC informa sobre obligaciones a las proveedoras de internet

Autoridades de la Dirección General de Firma Digital y Comercio Electrónico (DGFD y CE) del Ministerio de Industria y Comercio (MIC) se reunieron esta mañana con empresas proveedoras de servicio de acceso a internet y transmisión de datos a fin de informar sobre sus nuevas obligaciones, deberes y derechos como tales tras la aprobación y puesta en vigencia el pasado enero de la reglamentación de la Ley 4.868/13 de Comercio Electrónico.

El encuentro convocado por el Director de la DGFD y CE, Rodys Rolón, contó con la presencia con representantes de las firmas que proveen internet en el país, tanto del sector público como privado, con el objeto de conocer las nuevas normativas locales del comercio online, también denominado e-commerce.

“Estamos reunidos con los proveedores de servicio de intermediación de internet, en sus diversas denominaciones, para tratar el tema de la Ley De comercio electrónico y su Decreto Reglamentario, ya que ellos ya están enterados de las obligaciones que la Ley les delega, así como sus derechos, y como órgano de aplicación debemos hacerles saber eso a las operadoras de internet que existen en nuestro país”, explicó Rolón.

El director de esta dependencia estatal sostuvo que el comercio electrónico tiene la particularidad que no sólo existen dos partes, la oferente y la demandante, sino además existe un tercer sujeto que son las operadoras de internet, que prestan este servicio necesario para la realización de las transacciones online a distancia. “Sin la intervención de estas operadoras es imposible hacer comercio electrónico”, aclaró a la vez que les establece “ciertos deberes y obligaciones” para con la DGFD y CE.

“Es imprescindible el concurso de ellos para que se efectivice la gestión de nosotros, la unidad de control”, dijo.

La Ley de comercio electrónico viene por tanto a complementar el marco jurídico necesario para otorgar mayor seguridad a un sector, que, ante la escasa normativa específica, sufría el fenómeno de la autorregulación, comentó.

“El comercio electrónico se realiza hace tiempo y lo que ahora estamos pregonando es el comercio electrónico seguro, con el sustento jurídico, que no existía. Siempre se hacía solo, que no teníamos una cobertura jurídica; ahora tenemos la Ley 4.868 y el Decreto Reglamentario 1.165, que es nuevo, y así podemos regular esta actividad comercial en cada vez más en auge”, finalizó Rolón.
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