Qué pasa si un feriado cae en fin de semana y tenés que trabajar

Al no moverse los feriados del 14 y 15 de mayo, muchos trabajadores (que sí deberán ir a sus puestos laborales este fin de semana) se preguntan cómo deberán remunerarse estos días. En esta nota te explicamos.

Karina Gómez, directora del Trabajo del Ministerio de Trabajo, explicó en charla con HOY Digital que cuando los feriados nacionales caen sábados o domingos y la forma de pago es mensual o por jornal, debe la institución reconocerle a los funcionarios que laboraron dicho día de descanso, el doble del salario que ordinariamente se paga por ese período.

La autoridad del ámbito laboral explicó que esta medida se aplica tanto para aquellos que no suelen trabajar los fines de semana y que justo deben acudir en estos días a sus trabajos, como también para los que tienen en su contrato su jornada efectiva trabajar los sábados y domingos. Expuso que muchos empleados de supermercados o farmacias trabajan de martes a domingo y el lunes es su día de descanso. A ellos también les corresponde la doble remuneración por tratarse de un feriado nacional.

Si bien un feriado estipula la obligación del descanso del trabajador, el trabajo establece una relación de subordinación y dependencia del empleado con la patronal, por los que los patrones sí pueden hacer trabajar por A o B motivo a su colaborador y este no puede negarse al pedido, de acuerdo con Gómez. No obstante, remarcó que el trabajador sí  puede y debe exigir el cumplimiento de la doble remuneración por ese trabajo en un día feriado.

En cuatro años que está en el cargo, la directora del Trabajo nunca recibió denuncia alguna sobre el incumplimiento de este tipo, según refirió, pero sí reconoció que los empleados muchas veces no corroboran en sus liquidaciones de salarios si efectivamente cobró el pago extra por el feriado (esto se aplica también para las horas extras).

También comentó que existe una práctica irregular en muchas empresas, donde hacen trabajar los feriados a los empleados, le pagan un jornal normal y le ofrecen otro día libre. Estos casos deben ser denunciados para que intervenga el Ministerio de Trabajo.

Para calcular el pago extra por un feriado, según ejemplificó Karina Gómez, hay que especificar el tipo de trabajador. Por ejemplo, un mensualero con sueldo mínimo, debe dividir su salario (G. 2.289.342) en 30, dando como resultado G. 76.311, lo cual debe multiplicarse por dos y da el monto final de G. 152.622 (dinero que recibirá por trabajar un feriado). Si es jornalero, hay que multiplicar por dos el jornal mínimo diario (G. 88.051), y da el monto a cobrar de G. 176.102.

HOY.COM.PY