Transacciones electrónicas: aceptan veto y sancionan ley

La Cámara Alta sancionó la ley de servicios de confianza para las transacciones electrónicas, aceptando el veto del Ejecutivo al artículo 103, en donde se establecían niveles de seguridad más altos para los giros, transferencias y otras operaciones.

El 28 de octubre pasado el Ejecutivo había vetado (rechazado) parcialmente la ley de servicios de confianza para las transacciones electrónicas, específicamente el artículo 103, que estipulaba un nivel alto de seguridad para los giros, las transferencias, los créditos y todo tipo de operaciones que actúan a través del sistema bancario, cooperativas, EMPES.

Ese nivel de seguridad debía ser otorgado por una empresa prestadora de servicios de confianza, entidad que actualmente no existe, ya que fue creada con esta ley. La recomendación de rechazar este punto fue hecha por el Banco Central del Paraguay, conforme a estándares internacionales, donde el control por grado de importancia, debe estar conforme a los tipos de operación.

En tal sentido, el Legislativo aceptó el veto del Ejecutivo y finalmente sancionó la ley sin incluir el artículo 103, que fue el único que representó un conflicto durante todo el debate en el Congreso.

La legislación tiene como bandera avanzar hacia la digitalización y poner cercos a todos los intentos de fraudes financieros.

La normativa consta de 106 artículos en los cuales habla de una serie de servicios como Identificación Electrónica, Firma Electrónica, Sello Electrónico, Sello de Tiempo Electrónico, Servicio de Entrega Electrónica Certificada, Autenticación de sitios web, entre otros.