El BCP allana el camino para las refinanciaciones de deudas

El Banco Central del Paraguay ha emitido las Resoluciones N° 7, 8 y 9, Acta N° 28 de fecha 20 de abri lde 2016.
Estas resoluciones amplían y modifican disposiciones anteriores, favoreciendo la formalización las renovaciones, refinanciaciones y reestructuraciones de los créditos concedidos a los sectores vinculados a la actividad agrícola, previo estudio exhaustivo de cada caso en particular.
Ellas establecen la posibilidad de exceptuar del análisis de riesgo para la clasificación de los deudores por las pérdidas derivadas de la reducción abrupta y sostenida de precios de los productos agrícolas, y con ello, preservar su calidad de sujetos de crédito hasta tanto sea superada dicha situación adversa.
Similares medidas fueron adoptadas con el sector ganadero, ya que el mismo se enfrenta a factores climáticos desventajosos (inundaciones) que impiden el traslado, negociación y faenamiento de ganado en condiciones normales.
Tales resoluciones pretenden otorgar alivio financiero a deudores del sector productivo a través del otorgamiento a las intermediarias de un plazo suficiente que les permita evaluar profundamente la situación económica y financiera de sus clientes, de forma a asegurarse el repago de la deuda, atendiendo a la capacidad económico- financiera real de los mismos.
La decisión encuentra sustento en el hecho de que, si bien las entidades financieras han iniciado el proceso de análisis, las transacciones no han podido ser formalizadas ya que requieren de ajustes en cuanto a flujo de ingresos/cronograma de pagos, así como de la documentación de respaldo que necesariamente debe contener la carpeta fruto de revisión.
En resumen, la coordinación de estas medidas con el sistema financiero contribuirá a mitigar el impacto negativo de los eventos mencionados, logrando con ello, la continuidad de los deudores como sujetos de crédito y facilitar las operaciones de renovación, refinanciación o reestructuración de los préstamos otorgados al sector.
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